INTRUSISMO PROFESIONAL

23-10-2012 - José Luis Aristín González - Presidente del Colexio Oficial de Fisioterapeutas de Galicia
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Estamos alarmados ante la avalancha de personas que sin titulación oficial se dedican a ejercer labores propias de las profesiónes sanitarias. Podemos observar multitud de nombres de seudoprofesionales que se autotitulan con gran autobombo y .............

INTRUSISMO PROFESIONAL

El intrusismo profesional es un problema que cada día más nos asombra y abruma a los profesionales sanitarios por el daño que ocasiona al ciudadano y por el grave perjuicio que conlleva a las profesiones sanitarias reguladas oficialmente

Estamos alarmados ante la avalancha de personas que sin titulación oficial se dedican a ejercer labores propias de las profesiónes sanitarias. Podemos observar multitud de nombres de seudoprofesionales que se autotitulan con gran autobombo y parafernalia “osteópatas, quiroprácticos, terapeutas manuales, masajistas, quiromasajistas, masoterapeutas, quiroterapeutas, terapeutas manuales, kinesiólogos”, etc.etc.

Esta problemática tiene su origen en las ofertas de las academias privadas de “cursos profesionales y técnicas parasanitarias”. Estos cursos no poseen VALIDEZ ACADEMICA e incluyen en muchos casos materias regladas en el Titulo de Grado de Fisioterapia, a saber : electroterapia, vendajes funcionales, kinesiterapia, terapia manual (masaje terapéutico, estiramientos , técnicas osteopáticas y quiroprácticas) , fisioestética, vendajes funcionales, kinesiotaping, terapias en lesiones deportivas, drenaje linfático manual, masaje de Cyriax, anatomía dinámica funcional y palpatoria, crioterapia, técnicos en balneario, talaso y spa, etc.etc., las cuales se cursan en las Facultades de Fisioterapia según las directrices de la Orden CIN/2135/2008, de 3 de julio, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Fisioterapeuta, asi como lo establecido en la Ley 44/2003, R.D.1001/2002 y RD 1277/2003

Al no tener validez académica, no se exige requisito alguno para matricularse, pero finalizado el curso le otorgan al “egresado” un papel con la pseudotitulacion correspondiente y apariencia de título oficial, además, viene “acreditada” por asociaciones de masajistas, de entrenadores, de federaciones deportivas, de “universidades” fantasmas como la inexistente Universidad Popular del Noroeste o de imaginarias asociaciones médicas o universidades chinas , americanas o portuguesas que no están investidas con competencias académicas y mucho menos con poder ejecutivo alguno, incluso se atreven a afirmar que las avalan Organismos Oficiales como el Ministerio de Educación y Cultura. Una academia privada de Sevilla concede al final de los estudios el “Certificado de aprovechamiento de curso profesional” (qué es esto?). La picaresa española no tienen límites. ¿Quién da más?

La denominación de profesional sanitario, está bien descrita en la Ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, la cual expresa en su art. 2 lo siguiente : “De conformidad con el artículo 36 de la Constitución, y a los efectos de esta Ley, son profesiones sanitarias, tituladas y reguladas, aquellas cuya formación pregraduada o especializada se dirige específica y fundamentalmente a dotar a los interesados de los conocimientos, habilidades y actitudes propias de la atención de salud, y que están organizadas en colegios profesionales oficialmente reconocidos por los poderes públicos, de acuerdo con lo previsto en la normativa específicamente aplicable.”

¿Cómo se puede explicar este enredo de las “profesiones parasanitarias”?. No tienen respaldo universitario. No hace falta requisito previo para matricularse. Los cursos que se publicitan en las fachadas de las ciudades (con el consentimiento de los Ayuntamientos) carecen de validez académica. No están facultados para tratar enfermos y lesionados al no estar contemplados en la Ley 44/2003 y, por supuesto, carecen del derecho a organizarse en Colegio Profesional. El problema de su existencia es meramente administrativo, pero extrañamente la Ley solo les exige el pago del impuesto correspondiente y es Hacienda quien concede licencia para “ejercer” lo que llama “profesiones parasanitarias”, inexistentes en el ordenamiento jurídico sanitario español. . Es intolerable y además contrario a la Ley de ordenación de Profesiones Sanitarias.

El Consejo General de Fisioterapeutas realizó una consulta al Ministerio de Economía y contestó lo siguiente:

“En relación con su carta dirigida al Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda solicitando la supresión de determinados epígrafes de la Tasa sobre Actividades Económicas, le informo de lo siguiente: Si bien es cierto que la clasificación en el epígrafe correspondiente faculta, exclusivamente, para el ejercicio de la misma, ello no implica que dicha inscripción habilite para su ejercicio si para ello se exigen las disposiciones vigentes el cumplimiento de otros requisitos. De hecho, la regulación del impuesto sobre Actividades Económicas ha pretendido establecer una absoluta desvinculación formal de dicho impuesto respecto del régimen administrativo que el mismo grava, de forma tal que se limite a cumplir una función estrictamente tributaria sin entrar en la exigencia de requisitos de titulación o certificaciones necesarias para causar alta en la matrícula y poder ejercer la actividad gravada. Por lo tanto, dado que el alta o clasificación en una rúbrica del impuesto no tiene la naturaleza de una autorización administrativa de las actividades gravadas, no consideramos que la supresión de los epígrafes por usted indicados vaya a solventar la situación a la que alude".

Está claro que estos “cursos profesionales de Técnicas parasanitarias” (como así los denominan) no habilitan para tratar enfermos pero, ¿cómo en esta España nuestra se comete semejante “chapuza” con las enfermedades de las gentes para sacarles el dinero? Priman fines recaudatorios sobre los de sanidad y salud de las personas.

Unos se esfuerzan, trabajan, estudian, realizan el bachillerato, acceso a la Universidad, años de carrera, inversión economica del Estado y la familia en su formación, para que otros fácilmente, sin esfuerzo, sin nada de nada, con un cursillito de “Técnicas parasanitarias" se atribuya públicamente la condición de profesional sanitario con las mismas prerrogativas que el Titulado Oficial. Una injusticia más.

Te animamos a que uses esta Plataforma enviando tu denuncia de todas las actuaciones de intrusismo que veas cerca de ti.

Todos los profesionales de la salud tenemos la obligación de LUCHAR CON FIRMEZA CONTRA ESTE VORAZ INTRUSIMO QUE aumenta día a día en todos los ámbitos profesionales y, al mismo tiempo, COMBATIR CONTRA QUIÉN o QUIÉNES LO PROMUEVEN. Por nuestra parte, no tenemos duda que es una obligación y un serio compromiso inherente a nuestra condición de profesionales sanitarios. Esta loable actitud beneficiará a la salud pública, y, por ende, a todas las disciplinas sanitarias.

José Luis Aristín González
Presidente.

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