Un licenciado en Educación Física, condenado por abusar sexualmente de una clienta a la que pretendía realizar un tratamiento de fisioterapia sin poseer titulación

21-05-2018 - www.cpfcyl.com
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El Colegio Profesional de Fisioterapeutas de Castilla y León (CPFCyL), como parte denunciante, amplía la condena del acusado por un delito de intrusismo profesional.

Los hechos sucedieron en Burgos en el verano de 2015, cuando la víctima acudió con su marido a la consulta del acusado para tratarse por molestias en la rodilla. Tras quedarse a solas víctima y acusado, este último, utilizando aparatología para cuyo uso no le habilita su titulación de Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte, realizó determinadas maniobras obscenas que, a consideración de la jueza, han sido constitutivas de un delito de abuso sexuales, que ha sido penado con un año de prisión y una fuerte multa por daños psicológicos.

Se determina como hecho probado que el acusado, desde el año 2015, llevaba a cabo en un establecimiento de Burgos, con finalidad terapéutica, readaptación biofísica y planificación del entrenamiento deportivo y rehabilitador, estudios metabólicos y prescripción de planes de nutrición para enfermedades, estudios antropométricos, pulmonares, espirométricos, consumo de oxígeno, umbral anaeróbico, pruebas de esfuerzo y electrocardiografía de esfuerzo, haciendo uso de máquinas generadoras de corriente con electrodos de esponja, adhesivos y de barrido, ultrasonidos con cabezal manual o automático, campos magnéticos, magnetoterapia, solenoides, láser superpulsado y ondas de choque, careciendo de la titulación habilitante como fisioterapeuta necesaria para aplicación de los indicados tratamientos, y para la utilización de la indicada aparatología.

El acusado aportó, junto a su titulación oficial como Licenciado en Educación Física, numerosos cursos presuntamente habilitantes para las actividades terapéuticas que publicitaba en su centro, y con las que el acusado se definía como “preparación superior a un fisioterapeuta”, si bien, tal y como dicta la sentencia, se trata de cursos y títulos no profesionalizantes, al no ser titulaciones regladas u oficiales.

La sentencia por intrusismo se ha elevado al máximo de 12 meses de condena, unido al pago de las costas.

El CPFCyL considera muy positiva esta sentencia en referencia al delito del intrusismo, ya que la jueza determina que la titulación de Licenciado en Educación Física, pese a adornarse de numerosas titulaciones no oficiales, no habilita para el tratamiento de lesiones, ni para la utilización de determinada aparatología reservada a profesionales sanitarios.

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