Condenadas por intrusismo profesional la dueña y una empleada de una óptica en Málaga

06-07-2021 - https://www.diariosur.es/
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Se les impone una pena de seis meses por realizar labores propias de la profesión sin tener la titulación académica exigida

El Juzgado de lo Penal número 3 de Málaga ha condenado a dos mujeres, empleada y propietaria de un establecimiento sanitario de óptica, ubicado en la provincia malagueña, a seis meses de prisión por delito de intrusismo profesional, tras la querella presentada por el Colegio Oficial de Ópticos-Optometristas de Andalucía (COOOA).

Según han informado en un comunicado, la institución colegial interpuso esta denuncia ante la verificación de que la empleada acusada, a lo largo de 2018 y hasta septiembre de 2019, cuando finalmente obtuvo el título de graduada en óptica y optometría, ejercía las labores propias de la profesión sin contar en este periodo con la titulación académica necesaria.

Además, el COOOA también denunció la contratación de esta por parte de la propietaria para que desempeñara las funciones de óptico-optometrista «a sabiendas del incumplimiento de los requisitos legales para ello, de lo que fue advertida por parte del COOOA para que regularizara esta situación y no acató».

Los servicios jurídicos del colegio, tras llevar a cabo un proceso de investigación, se personaron como acusación particular presentando una querella en los juzgados de Málaga por delito de intrusismo profesional y ahora el juzgado ha condenado a ambas con la circunstancia que atenúa la pena de reparación del daño, a la pena para cada acusada de seis meses.

En este sentido, las acusadas, asistidas por un letrado, mostraron su conformidad con la calificación y penas solicitada por el ministerio fiscal y la acusación particular.

Tras conocer la sentencia, la presidenta del Colegio Oficial de Ópticos-Optometristas de Andalucía, Blanca Fernández, ha celebrado el resultado y ha afirmado que «es otro paso más en la constante labor de este colegio para regularizar las situaciones profesionales irregulares en establecimientos y consultas y en la lucha denodada contra el intrusismo profesional».

«Animamos a ciudadanos y colegiados a informar al COOOA de sospechas de prácticas delictivas que pueden perjudicar tanto a nuestro colectivo como a la sociedad«, ha manifestado, apuntando que se trata de la segunda sentencia favorable en este ámbito que obtiene en solo unos meses, tras la del Juzgado de lo Penal de Sevilla.

Esto, ha dicho, «pone de manifiesto que la persecución de este tipo de prácticas es una de las prioridades de nuestro colegio y que estamos realizando un importante esfuerzo en denunciar que personas no cualificadas puedan ejercer libremente nuestra profesión, ya que constituye un verdadero riesgo para la salud de la población andaluza«.

En este sentido, desde el COOOA han recordado que el óptico-optometrista es el profesional sanitario de la visión de atención primaria, cuya figura laboral está regulada por la Ley 44/2003 de Ordenación de profesiones sanitarias y que, para su pleno ejercicio, se requiere estar en posesión del título universitario correspondiente de diplomado o graduado en Óptica y Optometría.

Tras la resolución favorable de la sentencia, Fernández ha destacado que «el COOOA, a través de sus Servicios Jurídicos, continúa trabajando incesantemente, con la ayuda de la población y nuestros profesionales, para asegurar que personas sin titulación universitaria no puedan ejercer como óptico-optometrista, con el objetivo de seguir respaldando los derechos de nuestros colegiados y velando por la salud visual de los andaluces».

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